La justicia resolvió frenar la construcción de edificios que llevaba adelante el ejecutivo porteño en el Parque España de Barracas.
Más de seis mil metros cuadrados de espacios verdes públicos se perderían en caso de que avance el plan propiciado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La Justicia determinó frenar el proyecto vía medida cautelar. La Comuna cuatro posee cuatro coma dos metros cuadrados de espacios verdes públicos por habitante, demasiada diferencia respecto al mínimo recomendado por ONU-Hábitat.
El proyecto se denomina “Parque de la Cultura”, y fue diseñado por el Gobierno local, en el que intenta construir dentro del Parque España de Barracas, perteneciente a la Comuna cuatro la “Nueva Escuela Taller de artes y oficios del Casco Histórico”, la “Escuela de Danzas contemporáneas del teatro San Martín y la Escuela Taller de Titiriteros Ariel Bufano”. De esta forma, más de seis mil metros cuadrados de espacios verdes públicos se perderían. Sin embargo, en las últimas horas, la Justicia le puso un freno a este avance.
En los autos caratulados «Observatorio del Derecho a la Ciudad c/ GCBA s/ Incidente de Apelación – Amparo – Ambiental», Expte. N° 9213/2019-1, con fecha 18 de junio de 2021, la Sala II resolvió disponer la “suspensión de los actos de la Administración que importen la construcción de edificios en el Parque España que no cumplan con las exigencias contempladas en la normativa aplicable y que serían incompatibles con el Distrito Urbanización Parque y los caracteres de los espacios verdes públicos”, según publicó la asociación Observatorio Derecho a la Ciudad.
Hasta el momento se aprobaron los pliegos de la licitación para la primera etapa, de las tres contempladas dentro del proyecto: la construcción de las instalaciones para la Escuela Taller del Casco Histórico, cuya sede en la Comuna uno será demolida para dar paso a la continuación del Metrobus hacia el sur del territorio porteño, y la entidad trasladada al Parque España, en la Comuna cuatro.
En su decisión, el Tribunal indicó que «los usos factibles en los terrenos ubicados en zonificaciones UP (Urbanización Parque) son muy limitados ya que en principio sólo se permitiría en aquellos la construcción de establecimientos que tengan una vinculación directa con el destino de la zona (usos complementarios)» y que, en este caso, «el uso principal a tener en cuenta sería el disfrute y goce por parte de todas las personas del parque público». Continuó que las sedes proyectadas «no denotarían una manifiesta adecuación o relación directa con los parques públicos (…) máxime teniendo en miras el cumplimiento de los objetivos planteados en el plan urbano ambiental para este tipo de espacios, especialmente el referido el incremento, recuperación y mejoramiento de los parques, plazas y paseos, a fin de dar lugar al encuentro, relax, confort y socialización, asegurando a todos los habitantes el derecho a su uso, siempre con la idea de mantener su integridad» y que «no debería obviarse la escasez de espacios verdes en la Ciudad, que justifica aun más la aplicación estricta de la ley».
Para finalizar argumentó que «avanzar sin más con las obras decididas por la Administración podría aniquilar derechos e intereses de los habitantes de la ciudad dignos de protección; entonces, ante la posible afectación irreversible del ambiente, corresponde aplicar el principio precautorio receptado en el artículo 4° de la Ley 25675 —considerando que en este estado del proceso, serían mayores los riesgos que se derivarían de rechazar que de admitir la medida cautelar— y, en consecuencia, conceder la tutela preventiva tendiente a la suspensión de los actos de la Administración que importen la construcción de edificios en el Parque España que no cumplan con las exigencias contempladas en la normativa aplicable y que serían incompatibles con el Distrito Urbanización Parque y los caracteres de los espacios verdes públicos».
En tanto Observatorio Derecho a la Ciudad alertó que la Comuna cuatro tiene cuatro coma dos metros cuadrados de espacios verdes públicos por habitante, “muy lejos del mínimo recomendado por ONU-Hábitat, de 10 a 15 m2 por habitante”.